Reino Unido define legalmente a «mujer» como sexo biológico en fallo histórico del Supremo

La Palabra.- Reino Unido define legalmente a «mujer» como sexo biológico en fallo histórico del Supremo

En una decisión histórica y controvertida, el Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminó que, para efectos legales según la Ley de Igualdad de 2010, el término «mujer» debe interpretarse como una persona de sexo biológico femenino, es decir, nacida mujer. Esta resolución limita el alcance legal del concepto «mujer» al excluir expresamente a las mujeres trans del mismo, cuando se trate de políticas públicas o derechos diseñados exclusivamente para proteger a mujeres biológicas.

Este fallo surge a raíz de un caso presentado por la organización escocesa For Women Scotland, que argumentaba que el gobierno local estaba tergiversando la ley al incluir a mujeres trans en programas de cuotas para cargos públicos y protección de espacios exclusivos. El caso escaló hasta llegar al Tribunal Supremo del Reino Unido, que en su fallo fue claro: cambiar la definición legal de mujer para incluir a personas transgénero va más allá del alcance permitido por la Ley de Igualdad.

La sentencia recalca que la intención original del Parlamento británico al aprobar dicha ley era proteger derechos en función del sexo biológico y que la inclusión de personas con un certificado de reconocimiento de género —es decir, que han cambiado legalmente su género— no puede alterar el significado jurídico del término «mujer» sin una reforma legislativa explícita.

El impacto inmediato de esta resolución es profundo. En primer lugar, se consolida un respaldo legal para proteger espacios y derechos reservados exclusivamente para mujeres biológicas, como cárceles femeninas, albergues para víctimas de violencia, programas de salud diferenciados y políticas laborales. Segundo, puede afectar la elegibilidad de personas trans en cuotas o programas de promoción de género donde se exige específicamente ser mujer, como el acceso a ciertos puestos gubernamentales, subvenciones o becas educativas.

El dictamen también tendrá consecuencias en otras leyes británicas que hacen referencia a «sexo» o «género», obligando a revisar cómo se implementan sin vulnerar el nuevo criterio establecido por el Supremo. Por otro lado, el fallo aclara que las personas trans no pierden sus derechos ni su protección general ante la discriminación, ya que la misma Ley de Igualdad prohíbe la discriminación por cambio de género, pero se distingue que eso no equivale a redefinir legalmente los términos «hombre» o «mujer».

Grupos feministas a favor del criterio biológico celebraron la resolución como una victoria para las mujeres que históricamente han enfrentado desigualdad por razones físicas y reproductivas. Argumentan que la realidad biológica debe ser tomada en cuenta al crear políticas públicas que busquen protegerlas de manera efectiva. Señalan que muchas formas de discriminación, abuso y desigualdad se originan justamente en la diferencia biológica entre hombres y mujeres, y que permitir una redefinición legal del sexo pondría en riesgo décadas de lucha por derechos específicos.

En contraste, diversas organizaciones LGBT+ y activistas trans han criticado el fallo como excluyente, transfóbico y peligroso. Alegan que invalida el reconocimiento legal de la identidad de género que muchos ciudadanos han obtenido legítimamente, y que podría abrir la puerta a una mayor discriminación institucionalizada. También temen que otros países puedan replicar esta interpretación, generando retrocesos en el avance de los derechos trans a nivel global.

El fallo del Tribunal Supremo no es el fin de este debate, sino un punto de inflexión. El Parlamento británico podría intervenir con reformas legislativas que aclaren, modifiquen o amplíen el alcance de la Ley de Igualdad para incluir explícitamente a las personas trans. Sin embargo, por ahora, la interpretación legal en el Reino Unido establece con firmeza que el sexo biológico es la base jurídica para definir quién es una mujer ante la ley.

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