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Iglesia evangélica pide que se aprueben las reformas a la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente

El pasado martes 20 de agosto, en el Congreso de la República fue aprobada en Tercera Lectura la Iniciativa 5698. 87 Diputados votaron a favor de las Reformas al Decreto Número 68-86, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente. Coordinadora Evangélica Nacional integrada por el Movimiento Evangélico Nacional de Acción Pastoral (MENAP) y la…

El pasado martes 20 de agosto, en el Congreso de la República fue aprobada en Tercera Lectura la Iniciativa 5698.

87 Diputados votaron a favor de las Reformas al Decreto Número 68-86, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.

Coordinadora Evangélica Nacional integrada por el Movimiento Evangélico Nacional de Acción Pastoral (MENAP) y la Coordinadora Nacional de Confraternidades de Ministros Evangélicos (CONACOME), a través de un comunicado hace el llamado al pueblo cristiano a que se una en oración para la Aprobación por Artículos y Redacción final.

“Sigamos orando sin cesar por los 81 votos o más para la Aprobación por Artículos y Redacción final cuando sea agendada, para lograr la victoria final y hacer valer las garantías que la Constitución Política de la República de Guatemala le otorga a las Iglesias de todos los cultos, entidades no lucrativas, educativas, sociales y colegios”, dice parte del comunicado.

El Presidente de la Alianza Evangélica de Guatemala, César Augusto Ayala de León, durante una entrevista dio a conocer que existe preocupación para llenar los requisitos de la Licencia del Medio ambiente.

Ayala agregó para poner en contexto hay una iniciativa de Ley 5698 que va en camino la cual busca que la iglesia quede fuera de llenar estos requisitos que se tiene como plazo el próximo 27 de septiembre.

Los diputados Armando Castillo y César Augusto llevaron adelante la iniciativa de Ley 5698, que lo que persigue es que se desligue a la iglesia y solo se tome en cuenta a las entidades comerciales industriales, ya que la iglesia no es una entidad comercial ni lucrativa por lo tanto no tiene que estar incluida en este aspecto, más que solo en su categoría de registro como en realidad lo ha estado.

Agregó que con la iniciativa buscan que todas las iglesias sean excluidas a efecto de que no tengan que llenar este requisito, naturalmente vamos en pro de todo aquello que va en mejoramiento de nuestro medio ambiente y la iglesia cristiana en la medida de todas sus posibilidades provocar el menor impacto ambiental.

A través de un comunicado, la Alianza Evangélica de Guatemala dio a conocer sobre el apoyo para que los diputados procedan a la aprobación por artículos de la Iniciativa de Ley 5698.

El periódico la Palabra se puso en contacto con la directiva de la Coalición Ministerial Cristiana de Guatemala (CMCG), y el Parlamento Evangélico para buscar su opinión al respecto a lo que manifestaron estar en común acuerdo con ambas organizaciones y que se unen a la solicitud expresa al Congreso de la República para la aprobación de la reforma al Decreto Número 68-86, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, para que esto traiga paz y bendición a todo el pueblo cristiano evangélico de Guatemala.

Además, hicieron el llamado a todo el pueblo de Dios a unirse en oración, para que Él sea el que tome el control y se haga su voluntad que es buena, agradable y perfecta.

Contexto

El viernes 2 de diciembre de 2022, fue publicado en el Diario Oficial el Acuerdo Gubernativo Número 298-2022, que contiene las reformas al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental 137-2016, en el cual se establece el 27 de septiembre de 2024 como fecha límite para la regularización ante el ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), de todo proyecto, obra, industria o actividades ya existentes, que no hayan cumplido con la gestión del instrumento ambiental correctivo.

Anteriormente, el plazo límite para la regularización era el 16 de diciembre de 2022, sin embargo, luego de un análisis técnico y legal fue prorrogado para que todos los guatemaltecos cumplan con el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto Número 68-86.

La prórroga fue autorizada “derivado del incremento en la presentación de solicitudes de instrumentos correctivos para regularización ante el MARN”, por lo que se consideró necesario ampliar el plazo.

Puntos claves

Las reformas publicadas remarcan la importancia de acudir al MARN a presentar el instrumento ambiental que corresponda a cada categoría, toda vez que los proyectos, obras, actividades o industria a las que refiere la norma no tengan una denuncia o se haya resuelto el proceso incidental.

Asimismo, el texto señala que cuando la presentación sea voluntaria al MARN durante el plazo citado, se les impondrá una multa de Q5 mil sin importar la categoría a la que pertenezcan, ya que debieron registrarse antes de comenzar a funcionar.

Licencias ambientales y exoneraciones

El Artículo 123 del Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental 137-2016 también fue modificado, por lo que, para todos aquellos proyectos, obras, industrias o actividades aprobadas antes de la vigencia del reglamento, que no cuenten con licencia ambiental, tendrán hasta el 27 de septiembre de 2024 para contar con la licencia ambiental, cumpliendo con los requisitos determinados por la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales.

Las iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso con o sin actividades complementarias o conexas, no pagarán el ingreso del instrumento ambiental, ni el trámite para la obtención de la licencia ambiental, así como las instituciones del Estado en los casos de obras de infraestructura, debiendo cumplir con los establecido en el Artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente.

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