El voto consiste en el evento por el cual una persona brinda su apoyo por una propuesta o bien por un candidato o lista de candidatos, ya sea en forma secreta o por medio de un acto público. La importancia del voto radica en su naturaleza de recurso para definir los caminos a seguir por parte de una comunidad, incluidos grupos reducidos o también grandes regiones administrativas, como los municipios, los departamentos o el Estado nacional.
El voto forma parte esencial de los sistemas de organización democrática. Así, en las democracias modernas, el sufragio universal es un componente relevante del voto, por el cual no existen exclusiones formales para este acto, dentro de los límites jurídicos que demarca la ley de cada nación. Muchos historiadores han hecho énfasis en que uno de los sostenes de las sociedades democráticas del siglo XX ha sido la amplificación de la cantidad de individuos en condiciones de votar, con la progresiva incorporación de sujetos de menor edad, mujeres y otros grupos tradicionalmente marginados en muchos de sus derechos cívicos.
El voto se vuelve la pieza clave del sistema democrático y, aunque no es el único elemento que debe distinguirlo porque la democracia es mucho más que el simple ejercicio de votar, la importancia de este acto es que está directamente relacionado con la capacidad de las instituciones políticas y sociales para, por un lado, articular y agregar intereses y, por otro, regular y resolver los conflictos entre ellos. Dichas características hacen que se puedan lograr consensos y comprender que en una democracia se hace la voluntad de las mayorías y no la de intereses individuales de una minoría.
Asimismo, el voto suele considerarse como igual, esto es, no se registran diferencias en la cantidad o la calidad del voto emitido por cada elector. En los sistemas colegiados, sin embargo, se destaca que, ante la igualdad en la cantidad de sufragios, el presidente del cuerpo legislativo puede emitir un segundo voto para quebrar un empate y definir un camino final ante una propuesta. Este no es el caso de Guatemala, ya que se eligen a las autoridades del poder legislativo y ejecutivo en la misma celebración.
La condición de secreto es una de las características de mayor importancia del voto en la actualidad. De este modo, se evitan las presiones que pueden surgir de factores como el temor, la represión política o ciertos aspectos prebendarios, en especial en las democracias de los países no industrializados.
La obligatoriedad del voto es acaso una de las condiciones que ha experimentado mayor debate a lo largo de las décadas, dado que quienes avalan esta situación fundamentan que su implementación hace más eficaz a la universalidad del voto. No obstante, sus detractores creen que, al ser obligatorio, el voto pierde su condición de derecho para convertirse en un deber, restando así su condición democrática.
De un modo u otro, no puede concebirse a las sociedades contemporáneas sin entender en el día o día la indudable importancia del voto en su conformación y funcionamiento.
Sin embargo, para Renzo Rosal, politólogo, las votaciones tienen muchas opciones, pero pocas son deseables. «Hay candidatos con antejuicios, procesos judiciales abiertos, rompen con el carácter de idoneidad, capacidad y representatividad. Esto causa que no existan cambios fundamentales en el sistema político, y se mantengan las redes de poder».
El padrón electoral
En un estado democrático en el que se reconozca el derecho al sufragio activo, el padrón electoral es imprescindible, pues se trata de una herramienta para contabilizar y dejar una constancia de quienes pueden y han votado en las elecciones o en otro tipo de votaciones que requieran la voz del pueblo.
El padrón o censo electoral es pues una garantía democrática, ya que, gracias a esta lista o base de datos, pueden contabilizarse de manera efectiva los votos. Así el padrón garantizaría que cada votante emita en las elecciones un único voto sin poder votar más de una vez en las urnas.
A la pregunta de si todo el mundo puede figurar en el padrón electoral, lo cierto es que dependerá de cada país; y es que cada uno de los países cuenta con normas diferentes a la hora de dejar a sus ciudadanos votar o no. En el caso de Guatemala, el derecho a votar se adquiere a los 18 años.
Podemos decir que la norma en un estado democrático es que cualquier persona mayor de edad y en plenas facultades mentales pueda emitir voto. Asimismo, es necesario recordar que este derecho no siempre ha sido igual de universal, pues la mujer no tenía dicho derecho hasta una época bastante reciente. Recordemos que la primera vez que se autorizó el voto femenino fue por error en 1776 en Nueva Jersey y el que el primer sufragio femenino aprobado fue en la isla Pitcairn en 1838. Asimismo, en España, el sufragio femenino no estuvo reconocido hasta la Constitución de 1931, siendo en 1933 la primera vez que pudieron ejercer su derecho a voto.
Volviendo al padrón electoral, hay que señalar que este tipo de registro evitaría fraudes electorales como el antiguo y conocido Pucherazo. Esta práctica fraudulenta conseguía introducir más votos de lo que en realidad había, usando incluso el nombre de personas ya fallecidas.
Teniendo en cuenta esto, es normal que el padrón electoral sea bastante riguroso. Durante unas elecciones, en los diferentes colegios electorales habilitados para las votaciones se colocan diferentes urnas y diversas mesas controlando dichas urnas.
En estas mesas nos encontramos a personas, elegidas entre toda la población censada en esa localidad, que se encargarán de pedir uno a uno el DPI o documento de identificación para corroborar que efectivamente figuren en la lista. Si ese nombre no figura en la lista la persona no podrá votar.
Por tanto, podemos entender que, sin este padrón electoral, las votaciones en unas elecciones serían completamente caóticas, pues no podríamos realizar recuentos objetivos ni hablar de porcentajes reales.
El poder electoral, propiamente dicho, puede entenderse como la capacidad de parte de la población para ejercer su derecho a voto y poder elegir su gobierno.
Evidentemente el poder electoral no es el mismo en todos los países, y estará sujeto a los derechos que cada población tenga frente a su gobierno.
Sistema electoral
La construcción del sistema electoral y de partidos políticos en Guatemala es producto de la conclusión del conflicto armado interno. En su momento, para darle la legitimidad, fuerza y solidez jurídica a una celebración de elecciones democráticas, se necesitaba de una ley constitucional; esto fue traducido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
Según Renzo Rosal, politólogo y analista político, originalmente se buscaba que fueran un «grupo de leyes». La intención era que cada parte de la manifestación democrática electoral estuviera normada de forma singular. «Al final, en la práctica estas partes se fusionaron y formaron la Ley Electoral y de Partidos Políticos que, como tal, es un híbrido. En su contenido, encuentra algunos temas que están relacionados casi a la fuerza», explicó Rosal.
Para Rosal la actual forma de Partido Político en Guatemala llegó a su acabose. «Los partidos políticos son organizaciones totalmente frágiles, el carácter de representación política ya se perdió, el carácter de legitimidad también está perdido. Y aquí tenemos un problema, porque la ciudadanía no considera a los diputados como sus representantes, y los diputados tampoco consideran a la ciudadanía como sus representados, actuando así bajo sus intereses personales», argumenta Rosal.

Renzo Rozal
En resumen, Rosal cree que el sistema electoral guatemalteco está colapsado, y que reformar la actual LEPP significa «repellar o chapucear» algo que necesita una reingeniería. Esta perspectiva se fortalece con lo dicho por Eduardo Castillo, experto en Marketing Político. «Lo difícil de estas elecciones es que la intención del voto trae conectado al odio, odio a los políticos en general. Esto es producto de todas las malas experiencias que el guatemalteco ha tenido con sus recientes escogencias».
Por ello Rosal llama a una discusión nacional, dónde se trabaje de fondo la temática electoral. «Estas elecciones serán solo un reacomodo de las redes de poder, mas no un paso hacia el mejoramiento de las condiciones de vida. Hay que quitarse la ilusión de que esto es un evento esperanzador. La realidad es que hay muchos que se postulan a puestos sin estar calificados para asumirlos con propiedad».
Otra fuente de debate es la discusión entre escoger a los candidatos al Congreso de la República de forma nominal o mantener los listados. Ever Pérez, analista político, cree que es apresurado pensar que escoger de forma nominal es la solución del problema. «Guatemala tiene una buena oportunidad de revisar su sistema electoral, luego de estas elecciones. La LEPP establece que se debe conformar una comisión que revise el desarrollo de los comicios, y a partir de las necesidades se formularán e impulsarán cambios desde allí.»
Estás propuestas pueden tener cierta fuerza, ya que según las proyecciones e intención del voto la legislatura 2020-2024 estará fragmentada. Permitiendo así que temas tan difíciles como estos puedan ser negociados sin «aplanadoras legislativas».
Recursos para microformatos:
La realidad es que hay muchos que se postulan a puestos sin estar calificados para asumirlos con propiedad. Dicho por Renzo Rosal
Poder Electoral
Asimismo, hay que señalar que cuando hablamos de Poder Electoral (escrito con mayúsculas), nos referimos a una serie de organismo e instituciones. Estas son las encargadas de supervisar en todo momento que los procesos de elecciones funcionen correctamente. Así, desde el Poder Electoral, se dirigirán estos procesos coordinándolos y vigilando que se hagan siempre desde la legalidad más absoluta.
Cada país cuenta con leyes diferentes. Por tanto, en cada país nos encontraremos con una estructura diferente de este Poder Electoral. Asimismo, el funcionamiento de los organismos que lo integran también puede ser diverso. No obstante, la finalidad siempre será la misma, coordinar el proceso mediante el cual el pueblo selecciona a aquellas personas que ocuparán cargos públicos, o lo que es lo mismo, funcionarios públicos. Para Guatemala este es el TSE.
Las competencias del Poder Electoral son realmente amplias, aunque todas ellas están relacionadas con este proceso de elecciones. Así, el Poder Electoral se basará siempre en las leyes de sufragio. O lo que es lo mismo, tendrá siempre presente las leyes que determinen quiénes son las personas que pueden tener el derecho a voto, así como quiénes son las personas que pueden ser elegidas mediante esas elecciones.
El Poder Electoral también establece cuáles son los tiempos estipulados para cada gobierno y cuáles son las fechas en las que se realizarán las nuevas elecciones.
Asimismo, el Poder Electoral podría tener competencias incluso para controlar la propaganda política que se realiza durante toda la campaña previa a las elecciones. Este es el caso de las LEPP en Guatemala donde se establecen estas condiciones.
De esta forma, es importante saber que el Poder Electoral (Tribunal Supremo Electoral) puede también anular los resultados de dicho proceso en el momento en el que cualquiera de sus organismos intuya algún tipo de irregularidad.
La importancia del Poder Electoral es bastante evidente. Por un lado, cuando hablamos de poder electoral, es importante en cualquier estado democrático en el que el gobierno se elija mediante la voz del pueblo. Sin este poder electoral la democracia no tendría sentido.
Asimismo, el Poder Electoral como órgano u órganos de control, también es importante, pues de esta forma, el pueblo puede tener la certeza de que este proceso democrático se cumplirá sin ningún tipo de error ni irregularidad, escuchando por tanto la voz del ciudadano y saliendo electo aquel candidato que más votos reciba.
Un viaje en la historia
La primera vez que se autorizó el voto femenino fue por error en 1776 en Nueva Jersey ya que el primer sufragio femenino aprobado fue en la isla Pitcairn en 1838. Asimismo, en España, el sufragio femenino no estuvo reconocido hasta la Constitución de 1931, siendo en 1933 la primera vez que pudieron ejercer su derecho a voto. En el caso de Guatemala en 1945 el voto femenino fue limitado a las que sabían leer y escribir. Fue hasta 1965 que se quitaron las restricciones.